Félix Islandson
Cuando, con fecha de 21 de abril escribo este artículo, se empieza a dar por cosa hecha el acuerdo gobierno-patronal-sindicatos sobre la reforma del mercado de trabajo. Se dice, eso sí, que la firma se realizará con posterioridad a la celebración del 1 de mayo. Dado el oscurantismo del proceso de negociación seguido, no se pueden hacer sino suposiciones sobre los contenidos precisos de esta nueva reforma laboral, que viene a sumarse a las que ya tuvieron lugar en 1984, 1988, 1994, 1997 y 2002 (el famoso “decretazo”), promovidas las cuatro primeras por el PSOE y las últimas por el PP.
Pero lo que se conoce al respecto- el Documento presentado en su momento por el gobierno socialista (15-10-05) y la “contrapropuesta” de la CEOE (25-10-05) -no augura nada bueno para los derechos de la gente trabajadora. Todos las partes negociadoras, en particular gobierno y sindicatos (CCOO y UGT), afirmaban querer reducir la muy alta tasa de temporalidad de los contratos (el 34%, más de cinco millones de contratos son eventuales en el estado español). Sin embargo, para alcanzar tal objetivo, se plantearon una serie de medidas todas ellas en favor de los intereses empresariales. Por ejemplo, el Documento inicialmente propuesto por el PSOE contemplaba las siguientes:
1) Ampliación de los colectivos a los que se aplica el contrato de “fomento del empleo” que contempla una indemnización de 33 en lugar de 45 días por año
2) Rebajar el margen de intervención de los jueces para decidir si un despido por causas objetivas (económicas, organizativas o productivas) se ajusta a derecho
3) Reducir las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social en un 0,5% de aquí al 2008
4) Aumentar el ámbito de intervención del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) para asumir la indemnización de empresas de menos de 50 trabajadores (actualmente de menos de 25) en caso de despidos improcedentes
A una persona trabajadora esto ya le puede parecer mucho, pero al empresariado representado por la CEOE le pareció poco, ya que “contraatacó” ampliando el alcance de las medidas de “reducción de la temporalidad” y exigiendo lo siguiente:
1) Un nuevo contrato indefinido, de carácter general, con una indemnización por despido improcedente de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
2) Pasar a fijos los contratos eventuales sucesivos en contratas y subcontratas a condición de que la indemnización por despido sea de 8 días el primer año trabajado, 10 días el segundo año, 12 días para el tercer año y 13,5 días para el cuarto, a partir del cual, la indemnización sería de 33 días, como en el contrato indefinido expresado anteriormente.
3) Rechazo de cualquier responsabilidad subsidiaria de la empresa principal respecto a las subcontratas.
4) Reducción en tres puntos de la cotización empresarial a la Seguridad Social.
5) Mejorar la contratación a tiempo parcial a cambio de una mayor flexibilidad en el tiempo de trabajo.
6) Supresión de la autorización administrativa en los despidos colectivos.
7) Revisar las causas de despido objetivo.
8) Que el juez no intervenga en la valoración de este tipo de despidos.
9) Ampliación
del ámbito de actuación de las empresas de trabajo
temporal.
Llegados a este punto pareció que el proceso “negociador” iba a romperse a causa de la dureza de las posiciones de gobierno y patronal. En algunas declaraciones los representantes sindicales empezaron a emplear un lenguaje “combativo”, que algunas personas interpretaron como de preparación para posteriores acciones de presión y lucha...
Razones para un acuerdo inminente
Ahora sin embargo el acuerdo parece inminente, sin que de momento se puedan hacer sino elucubraciones respecto de los motivos que lo han hecho posible y han propiciado tal “acercamiento” de posiciones. Se ha insinuado que el gobierno pretendía convertir en moneda de cambio las dotaciones para políticas de formación para desempleados, gestionadas sindicalmente. Dichas dotaciones han pasado a incrementarse en un 17% respecto del 2005, llegando a un total de 1012,9 millones de euros. También se ha rumoreado sobre la “coincidencia” entre el vencimiento de la deuda de la UGT debida al asunto de la PSV y el decreto ley por el que se hace efectiva la devolución del patrimonio sindical incautado por el franquismo, y más habida cuenta de la escasa diferencia existente entre la deuda de la UGT (150 millones de euros) y el cálculo de la cantidad a abonar a dicho sindicato en concepto de Patrimonio Histórico (151 millones de euros).
Pasando del escabroso terreno de la “concesión de favores” al de la política parlamentaria, también se ha apuntado la posible influencia en el pacto laboral de los acuerdos sindicatos-gobierno en torno a la aprobación de la ley de la igualdad (permisos de paternidad, reducciones horarias por lactancia...). Finalmente, hay que considerar que paralelamente a la negociación de la reforma laboral se ha llevado adelante también la de las pensiones, cuyos contenidos tampoco se conocen con certeza, pero que pueden haber pesado sobre la primera.
Sea como sea lo que sí parece claro es que no va a ser éste un acuerdo excesivamente “presentable” ante la gente trabajadora y que su principal beneficiario va a ser nuevamente la patronal. Algo de esto se visualizó en las declaraciones de Fernando Lezcano posteriores al último Consejo Confederal de CCOO en el sentido de que “la reforma no satisfará ni al Gobierno, ni a la patronal, ni a los sindicatos y será la 'única posible', es decir, la única donde las tres partes pueden sentirse 'razonablemente cómodos' “, añadiendo además que “la reforma saneará el mercado laboral más que reducir la temporalidad”.
Vista la situación no podemos sino desear que las ejemplares y victoriosas luchas que se han llevado a cabo en Francia contra el Contrato de Primer Empleo (CPE) acaben por tener su reflejo en el estado español. Porque en caso contrario, de manera permanente, las “únicas reformas posibles” son aquellas que socavan los derechos de la clase trabajadora.
















